La Inspección de Trabajo advierte que viene observando en sus actuaciones casos de trabajadores extranjeros extracomunitarios en situación irregular, que han sido contratados y dados de alta por las empresas, al habérseles facilitado por las personas trabajadoras documentación falsificada o perteneciente a tercereas personas.
La Inspección recuerda, que las empresas contratantes, son responsables de verificar la identidad y la capacidad legal para trabajar de las personas a las que contrata.
Por ello las empresas deberán:
- Recabar documento original que autoriza a trabajar en España.
- Desconfiar de documentos que sean fotocopias, documentos borrosos o estropeados.
- Realizar una fotocopia directamente del original del documento.
- Examinar el periodo de validez, el ámbito geográfico, y si procede, la ocupación, del documento que autoriza a trabajar.
- Asegurarse que la documentación facilitada tiene los rasgos de ser un documento original y que la fotografía coincide con el del portador del documento.
El hecho de que la persona trabajadora exhiba una autorización falsificada, o bien, siendo válida, figure expedida a nombre de otra persona, no exime de las responsabilidades administrativas a los empleadores.